En medio del proceso de adhesión de la Argentina al Acta 1991 de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (Upov-91), autoridades del organismo buscaron despejar dudas sobre el alcance del uso propio y los derechos del obtentor.

La vicesecretaria general de la Upov, Yolanda Huerta, explicó que el Acta 1991 no prohíbe el uso propio, sino que prevé expresamente esa posibilidad. Cada país puede decidir incorporar esa excepción en su legislación y definir para qué cultivos, bajo qué condiciones y con qué límites se aplicará.

Uso propio y protección del producto de la cosecha

Huerta aclaró que el derecho del obtentor no se extiende automáticamente al grano, la fruta o la producción obtenida. Esa posibilidad solo aparece cuando se cumplen simultáneamente dos condiciones: que el material de propagación haya sido utilizado sin autorización y que el obtentor no haya podido ejercer previamente sus derechos sobre ese material.

Duración de la protección

La duración de la protección también fue motivo de consulta. Huerta explicó que el Acta 1991 fija un piso mínimo de 20 años para la mayoría de las especies y de 25 años para árboles y vides. Numerosos países decidieron extender esos plazos en sus legislaciones nacionales.

La reunión fue moderada por el director del Inase, Martín Famulari, y contó con la participación de 220 personas de manera virtual. Los representantes de la Upov buscaron aclarar cómo funcionan en la práctica los derechos del obtentor y cuáles son los alcances reales del convenio.

Variedades esencialmente derivadas

Otro tema abordado fue el de las variedades esencialmente derivadas, una figura incorporada por el Acta 1991 para contemplar el desarrollo de nuevas tecnologías de mejoramiento. Huerta explicó que la finalidad de esta herramienta no es impedir la innovación sino promover acuerdos entre quienes desarrollan nuevas tecnologías y quienes invirtieron durante años en obtener una variedad original.

El encuentro buscó despejar dudas y aclarar conceptos sobre la adhesión al tratado internacional por semillas. La Argentina busca avanzar en el proceso de adhesión al Acta 1991 de la Upov-91.