El martes 30 de septiembre de 2024 la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, manteniendo la derogación de la Ley Nacional de Tierras Rurales (N° 26.737). Con la decisión, el texto que limitaba la compra de tierras rurales por personas, compañías y Estados extranjeros quedó sin efecto.
Reacción del sector jurídico
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez calificó el fallo como una "trampa formalista" que impide que cualquier actor impugne la norma. > "Para la Corte solo podés acceder a la Justicia si titularizás un derecho individual que haya sido violado por una ley", sostuvo en entrevista con la periodista Luciana Rubinska.
Gil Domínguez explicó que la sentencia exige un perjuicio concreto y subjetivo, lo cual es imposible demostrar ante la ausencia de una norma que regule la adquisición de tierras por extranjeros. "¿Qué derecho subjetivo se puede invocar si la ley que limitaba la compra ya no existe? Ninguno", afirmó.
Implicancias de la decisión
Al ratificar el DNU, el máximo tribunal dejó sin los límites que la Ley 26.737 imponía a la tenencia de tierras rurales. Esto abre la puerta a que inversores internacionales y gobiernos extranjeros adquieran extensiones agrícolas sin una barrera legal específica.
El abogado recordó que la Constitución reconoce derechos colectivos vinculados a la soberanía territorial, y sostuvo que la Corte ignoró ese marco al centrarse en la falta de un daño individual.
Próximos pasos
El CECIM había apelado la resolución a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, la cual en marzo de 2024 había revocado la decisión de primera instancia y declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU. Tras la intervención de la Corte Suprema, esa vía quedó cerrada.
Gil Domínguez advirtió que la exigencia formal establecida por la sentencia hace prácticamente inviable volver a judicializar la derogación. "La Corte cierra el acceso a la Justicia para cualquier persona, ONG o entidad que quiera impugnar este artículo del DNU", concluyó.
Contexto y antecedentes
El DNU 70/2023, emitido por el Poder Ejecutivo, justificó la derogación con la necesidad de impulsar inversiones en el sector agropecuario. La polémica surgió porque la norma eliminaba restricciones que buscaban proteger la soberanía sobre la tierra rural argentina.