El viernes la Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió, mediante una medida cautelar interina, la derogación del artículo 154 del DNU 70/23 y restableció el límite del 15 % de tierras rurales en manos de extranjeros. La decisión se mantendrá mientras el juzgado federal de Bariloche examine la legitimidad de los actores involucrados.
Antecedentes judiciales
La semana anterior la Corte había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional el artículo que había eliminado la ley de tierras. El fallo se anuló por defectos procesales vinculados al Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata, que había iniciado la causa.
"La Corte devolvió la causa al juzgado federal de Bariloche", informó La Nación.
Este viernes, la misma Corte volvió a intervenir tras la acción colectiva presentada por la ONG ambientalista Asociación Civil Árbol de Pie, que pidió aclarar si la decisión previa también le alcanzaba.
"Solicitamos que se aclare si el fallo anterior también nos alcanza", declaró la organización.
Qué establece la Ley 26.737
La normativa vigente, sancionada en 2011 durante la gestión de Cristina Kirchner, fija un tope del 15 % de la superficie rural nacional, provincial y municipal bajo titularidad extranjera. Además, ninguna nacionalidad puede superar el 30 % de ese porcentaje.
El límite por titular extranjero se fija en 1000 ha en la zona núcleo, o su equivalente en otras regiones. La ley prohíbe la adquisición de tierras con recursos hídricos y en áreas de seguridad fronteriza. Los propietarios extranjeros deben declarar su tenencia ante el Registro Nacional de Tierras Rurales y están sujetos a criterios técnicos definidos por un Consejo Interministerial.
Implicaciones en el Congreso
El restablecimiento del límite reaviva el debate parlamentario sobre la extranjerización de la tierra. El Senado aprobó a principios de agosto un proyecto libertario que pretendía elevar el tope al 25 % y eliminar los cupos por nacionalidad y zona núcleo, pero la Cámara de Diputados aún debe tratarlo. Entre los puntos que no lograron consenso se encontraba la autorización de compras en zonas ribereñas y la necesidad de aval provincial y nacional para adquisiciones en áreas de frontera.
Mientras el proceso judicial continúe en Bariloche, la regla del 15 % seguirá vigente, manteniendo las restricciones establecidas por la Ley 26.737.