El Consejo de Ministros de Integración Económica (Comieco) aprobó la Resolución N.º 499-2026, que faculta a fabricantes, importadores y distribuidores a colocar etiquetas complementarias en alimentos preenvasados. La norma será obligatoria desde el 26 de febrero de 2027 en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; Panamá la adoptará más adelante.
Alcance de la medida
La disposición actualiza el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) sobre etiquetado general, precisando que la etiqueta adicional puede ser adherida por cualquiera de los tres eslabones de la cadena. No modifica el contenido técnico exigido ni elimina obligaciones sobre la información alimentaria.
"La etiqueta complementaria podrá ser adherida por el fabricante, importador o distribuidor", señala la Resolución N.º 499-2026.
Impacto en la cadena de suministro
Con esta regla, los operadores del sector alimentario disponen de una referencia regional para añadir datos requeridos por el mercado de destino, como traducciones o requisitos locales. La posibilidad de aplicar la etiqueta en etapas posteriores de la distribución simplifica la logística y reduce la necesidad de modificar el envase original.
Panamá y la vigencia diferida
Aunque Panamá firmó el acuerdo, la norma no entrará en vigor allí hasta que el Consejo apruebe un acto administrativo propio. Por ello, la aplicación será simultánea en los cinco países mencionados, mientras Panamá esperará su normativa nacional.
La medida, adoptada el 26 de junio de 2026 en Ciudad de Guatemala y publicada el 17 de agosto de 2026 en el Diario Oficial de El Salvador, busca armonizar criterios comerciales y de control en la región, evitando discrepancias regulatorias en el comercio de alimentos preenvasados.