Los trabajadores autónomos ya tienen definido cuánto les toca aportar por octubre de 2026. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la actualización de los valores previsionales y aplicó un incremento del 1,66% respecto de septiembre, como consecuencia de la movilidad previsional del mes.
El piso para las categorías generales quedó en $78.271,56 y el techo, en $344.390,34. La cifra exacta depende de la categoría de revista de cada contribuyente y del tipo de actividad que desarrolle.
La escala general, categoría por categoría
Para quienes están encuadrados en el esquema común, los montos mensuales de octubre son los siguientes:
- Categoría I: $78.271,56
- Categoría II: $109.578,51
- Categoría III: $156.541,75
- Categoría IV: $250.466,70
- Categoría V: $344.390,34
Estos importes corresponden a los aportes previsionales de los autónomos y no incluyen otros conceptos que puedan alcanzar a cada actividad.
Tareas penosas o riesgosas: aportes más altos
Quienes realizan actividades penosas o riesgosas, alcanzadas por un régimen previsional diferencial, deben ingresar contribuciones superiores a las del esquema general. La escala para octubre es:
- Categoría I’: $85.609,52
- Categoría II’: $119.851,50
- Categoría III’: $171.217,53
- Categoría IV’: $273.947,95
- Categoría V’: $376.676,94
En este grupo, el tramo más alto supera los $376.000 mensuales.
Casos especiales: voluntarios, menores y amas de casa
La actualización también abarca a otros grupos que aportan bajo condiciones particulares. Para octubre, los valores son:
- Afiliaciones voluntarias: $78.271,56 (categoría I)
- Menores de 21 años: $78.271,56 (categoría I)
- Beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresan, reingresan o continúan en una actividad autónoma: $66.041,63 (categoría I)
- Amas de casa que optan por el aporte reducido de la Ley 24.828: $26.905,85 (categoría I)
Estos montos responden a situaciones específicas dentro del régimen previsional y no deben confundirse con los aportes generales de las categorías de autónomos.
Las rentas de referencia que sirven de base
El esquema también fija rentas de referencia, que funcionan como base para calcular los aportes de los autónomos según el artículo 8 de la Ley 24.241 y sus modificaciones. Para octubre de 2026, los valores informados son:
- Categoría I: $244.598,64
- Categoría II: $342.432,85
- Categoría III: $489.192,97
- Categoría IV: $782.708,42
- Categoría V: $1.076.219,83
La actualización se conoce en un mes en el que ARCA también avanzó con otras medidas, como la herramienta para la liquidación de sueldos de empleadas domésticas y el nuevo tope de US$ 150 por día para el tráfico vecinal fronterizo.