La provincia de La Rioja aprobó una nueva carga tributaria que eleva en un 25 % el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) para quienes superan los $2 mil millones de facturación mensual. La norma, contenida en la Ley 10.907, se sancionó el 17 de septiembre, fue promulgada por el gobernador Ricardo Quintela el 2 de octubre y quedó publicada en el Boletín Oficial el 6 de octubre. El recurso se destinará al Fondo Solidario de Gestión Alimentaria y al Programa Alimentario Riojano.
Alcance y forma de cálculo
El gravamen se aplica sobre el IIBB que corresponde sin aplicar deducciones y se suma al impuesto ya pagado. Solo los contribuyentes cuya facturación mensual sea igual o superior a $2 mil millones están obligados. La medida afecta los anticipos de septiembre a diciembre de 2026. El incumplimiento genera un interés diario del 0,10 % según el Código Tributario provincial.
Impacto en precios y consumidores
El IIBB es un tributo que se traslada en cada etapa de la cadena productiva, lo que eleva el precio final de los bienes. Según el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, “el impuesto se repercute en el consumidor porque no hay quien lo desplace”. El tributo extra eleva la alícuota efectiva del 3 % al 3,75 % en un caso típico, lo que implica $15 millones mensuales adicionales para una empresa con base imponible de $2 mil millones.
Detalles técnicos señalados por expertos
Domínguez advierte tres aspectos críticos: 1) el umbral funciona como límite abrupto, de modo que una diferencia de un peso en la facturación genera el aporte completo; 2) se incluyen ingresos exentos o no gravados al calcular el umbral, ampliando el número de obligados; 3) la norma podría retroactivarse, afectando periodos anteriores.
Próximos pasos
La Dirección General de Ingresos Provinciales será la encargada de la fiscalización y reglamentación del aporte. El dinero recaudado financiará los programas de asistencia alimentaria creados por la Ley 10.714 de 2024.