El jueves 17 de octubre de 2026, representantes del sector empresarial presentaron dos denuncias ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires, solicitando que se estudie la posible destitución del juez Alejandro López de San Nicolás.

La polémica sentencia

López había dictado la absolución del líder del Sindicato de Camioneros de San Nicolás, Maximiliano Cabaleyro, y de otros seis imputados en el caso del bloqueo a la empresa familiar Rey Distribución, ubicada en San Pedro. El bloqueo, ocurrido en febrero de 2021, duró cinco días, impidió el acceso de camiones a la pyme y generó pérdidas millonarias. El magistrado consideró que la acción estaba amparada por el “legítimo ejercicio del derecho de huelga”.

"Lo que le está diciendo este juez a la sociedad es que no importa que cometas delito, siempre que haya una huelga existe una justificación", señaló Ariel Rey, copropietario de Rey Distribución, en entrevista con Infobae.

La respuesta del empresariado

Organizaciones como la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) calificaron la sentencia de “preocupante retroceso”. En paralelo, el sector activó una estrategia legal contra el magistrado, argumentando que su decisión vulneró derechos de propiedad, de circulación y de trabajo, protegidos por la Constitución Nacional.

El Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), presidido por Juan Méndez, formalizó una de las denuncias el mismo viernes, mientras que la segunda presentación, respaldada por alrededor de 50 empresas, se completará durante la semana.

Procedimientos en marcha

Ambas denuncias solicitan al Jurado que analice si la actuación de López encaja dentro de las causales de “mal desempeño” previstas para magistrados. El escrito destaca que, aunque el juez no cuestionó la constitucionalidad del derecho de huelga, sí debería haber evaluado su alcance y el posible perjuicio a terceros, conforme al artículo 34, inciso 4.º, del Código Penal.

El MEAB aclara que su objetivo no es deslegitimar la huelga ni desconocer los reclamos sindicales, sino asegurar que la protección constitucional de la misma se armonice con los derechos de propiedad y otros garantizados por la normativa.

El Jurado de Enjuiciamiento deberá decidir si procede iniciar un proceso de remoción contra el juez, lo que podría sentar un precedente importante en la jurisprudencia laboral y de derechos de propiedad en la provincia.