Tres cubanos opositores que residen en España aseguran que el Consulado de Cuba en Madrid les puso obstáculos al momento de gestionar sus pasaportes. Se trata de Javier Larrea, fundador de Bienestar Animal Cuba; Lázaro Mireles, presidente de Acciones por la Democracia en España; y el comunicador independiente Magdiel Jorge Castro. Los relatos, difundidos en redes sociales, aparecen a pocos días de que comience a regir la nueva Ley de Migraciones de la isla, prevista para el 1 de noviembre.
Larrea contó en Instagram que la sede diplomática se negó a renovarle el documento. A través de esa misma publicación dio a conocer también las experiencias de Castro y Mireles, ambos residentes en territorio español y críticos del Gobierno cubano.
Un trámite con datos personales de por medio
Castro, que finalmente obtuvo su pasaporte, describió un procedimiento que calificó como intimidatorio. Según su versión, le exigieron información sobre familiares que viven en Cuba, como una dirección y un teléfono, además de otros datos personales.
"En mi caso, un agente de la Seguridad del Estado me esperó con el pasaporte en la mano y una carpeta con mis publicaciones impresas en otra tratando de intimidarme. Un tremendo mal rato", relató Castro.
Mireles, por su parte, sostuvo que los funcionarios consulares se negaron en un primer momento a recibirlo. Al día siguiente consiguió iniciar el trámite, según publicó el 21 de octubre en Facebook. El activista participa con frecuencia en protestas frente a representaciones diplomáticas cubanas.
Qué dice el derecho internacional sobre los pasaportes
La emisión de pasaportes es una función consular reconocida por el Artículo 5, inciso d), de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963. Los Estados pueden fijar requisitos para entregar esos documentos, pero cualquier negativa debe apoyarse en motivos legales, comunicarse al interesado y habilitar vías efectivas para impugnarla.
De acuerdo con los relatos de los tres activistas, esas condiciones no se habrían respetado en sus gestiones en Madrid. El periodismo independiente, la defensa de los animales, la participación en marchas pacíficas o las críticas al régimen no son, por sí mismos, argumentos legítimos para rechazar un documento de viaje.
La falta de un pasaporte cubano vigente trae consecuencias concretas. Los nacionales de ese país necesitan ese documento para ingresar a la isla. Además, un cubano con residencia legal en España requiere por regla general un pasaporte u otro documento de viaje válido, junto con su autorización de residencia, para moverse por otros países del espacio Schengen. Sin esa identificación, su movilidad internacional queda limitada de manera indirecta, aunque no exista una prohibición migratoria formal.
El Artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona a salir de cualquier país, incluido el propio, y a regresar a él. El Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos fija garantías sobre la libertad de circulación y los límites que pueden imponerse; Cuba firmó ese tratado, pero no lo ratificó.
La ausencia de un pasaporte en vigor también puede complicar la solicitud de nacionalidad española por residencia, ya que entre los documentos exigidos figura el pasaporte completo y vigente del país de origen.
La nueva ley, bajo la lupa
La Ley de Migraciones, aprobada en julio de 2024, entrará en vigor el 1 de noviembre junto con su reglamento, establecido mediante el Decreto 136/2025. El Artículo 157 reconoce a los cubanos el derecho a "obtener un Pasaporte Corriente y adquirir otro por motivo de vencimiento, pérdida, deterioro, agotadas sus páginas o cualquier modificación de los elementos de identificación del titular".
El Artículo 151, en tanto, establece condiciones para los cubanos residentes en el exterior. Los tres casos reavivaron las dudas sobre si la norma, en la práctica, garantizará ese derecho o si el pasaporte seguirá funcionando como herramienta de presión contra quienes viven fuera de la isla y cuestionan al régimen.