El Senasa puso en marcha una actualización de los controles sobre los buques que arriban a puertos argentinos con el objetivo de impedir el desembarco de dos plagas exóticas: la polilla esponjosa de raza asiática y la polilla esponjosa de raza japónica. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 872/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y comenzará a regir el 17 de octubre.
Ambos insectos, cuyo nombre científico es Lymantria dispar, están catalogados como plagas cuarentenarias ausentes en el territorio nacional. Es decir, no están presentes en el país, pero las condiciones para que se instalen existen. Según el propio organismo, las hembras pueden colocar una gran cantidad de huevos que conservan su capacidad de eclosión durante un período de hasta 24 meses, lo que multiplica las chances de supervivencia durante travesías prolongadas.
Por qué los barcos son la vía de entrada
El riesgo no está en la carga que transportan los buques, sino en sus propias superficies. Las polillas adultas pueden depositar sus huevos sobre los cascos, las cubiertas o cualquier estructura de la embarcación y así cruzar de un continente a otro sin ser advertidas. La exposición alcanza a buques de carga, pesqueros, científicos y de pasajeros por igual.
Por ese motivo, la normativa alcanza a las naves que hayan permanecido en los últimos 24 meses en regiones donde estas plagas están activas. Quienes hayan pasado por ciertos puertos del noreste y el extremo oriental de Asia durante las épocas de vuelo de las hembras deberán contar con un certificado oficial que demuestre que fueron inspeccionadas y están libres de insectos.
Cómo funcionará el operativo
Las agencias marítimas tendrán la obligación de notificar al Senasa el arribo de esas embarcaciones con una anticipación mínima de 72 horas. Con esa información, el organismo evaluará cada caso y definirá si el barco puede operar con normalidad o si requiere una inspección física antes de comenzar sus tareas.
Si se detectan huevos o larvas, el Senasa podrá disponer la limpieza y el tratamiento fitosanitario de la nave. Los costos quedarán a cargo de la embarcación o de su agencia marítima. En los casos en que esas medidas no puedan ejecutarse, el organismo podrá pedirle a la autoridad marítima que no autorice el ingreso del buque a los puertos argentinos.
Unificación normativa, no un cambio de fondo
La resolución reemplaza cuatro disposiciones anteriores y concentra en un solo texto procedimientos que ya se encontraban vigentes. Desde el Senasa aclararon que no se trata de una modificación sustancial del régimen de control, sino de una actualización y unificación de las herramientas preventivas que ya se aplicaban para mantener a estas plagas fuera del país.
"Existen antecedentes de buques que arribaron a puertos argentinos después de haber permanecido en terminales marítimas donde están presentes estas polillas", advirtió el organismo en los fundamentos de la norma.
Ese dato no implica que las plagas hayan ingresado, pero sí que hay condiciones favorables para su establecimiento y dispersión. Las consecuencias potenciales no se limitan a las producciones forestales y agrícolas: también alcanzarían al ambiente y al comercio exterior argentino.
Para definir qué embarcaciones deberán someterse a inspección, el Senasa considerará los períodos de navegación en zonas de riesgo, la existencia de brotes en los puertos de origen y los antecedentes de detecciones reportados por autoridades fitosanitarias de otros países. Los controles, por lo tanto, no serán uniformes: dependerán del nivel de riesgo que represente cada barco.