El Gobierno, a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad, anuló esta madrugada la Resolución N° 13901/2025 que había restablecido el pago de las pensiones no contributivas por invalidez, y publicó la nueva Resolución N° 3695/2026 que vuelve a suspender esos cobros. La medida afecta a los titulares incluidos en el Anexo I y les otorga 60 días corridos para presentar la documentación que acredite su derecho.
"Se deja sin efecto la Resolución N° 13.901/25", afirmó el secretario de Discapacidad, Diego Masaragian.
Motivo de la revocación
La resolución anterior había sido emitida por la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en 2025 y había permitido la reapertura de pagos a quienes habían perdido la prestación tras auditorías. Según el nuevo pronunciamiento, cada expediente será revisado nuevamente y la simple inclusión en la lista no garantiza la restitución automática del beneficio.
Qué deben hacer los beneficiarios
Los titulares deberán acreditar su condición de supervivencia conforme al artículo 11 del Decreto N° 432/97, que regula el sistema nacional de pensiones. Tendrán 60 días desde la notificación individual para adjuntar certificados médicos actualizados, renovar datos personales y aportar cualquier otro antecedente que demuestre la continuidad de la discapacidad.
Alcance de la medida
El alcance no cubre a todos los que tuvieron una pensión suspendida previamente; la Secretaría realizó un filtro que distingue entre quienes ya presentaron nueva documentación o están bajo procesos judiciales y quienes deberán iniciar el trámite administrativo. Aquellos últimos recibirán una notificación que marcará el inicio del plazo de 60 días.
Próximos pasos
Una vez presentada la documentación, la autoridad evaluará cada caso y decidirá si procede la rehabilitación del beneficio. Los interesados deben estar atentos a la comunicación individual que les será enviada en los próximos días.