El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 21 ordenó a Apple crear un fondo de USD 3 millones para resarcir a propietarios de iPhone que experimentaron una caída de velocidad luego de instalar versiones específicas de iOS. La decisión se homologó el 11 de agosto de 2026 y se detalló el 24 de agosto.

Detalles del acuerdo judicial

El pago máximo por dispositivo será de USD 40, aunque el monto exacto dependerá del número total de reclamos validados. Apple no admite culpa ni reconoce responsabilidad legal, pero aceptó financiar el fondo.

Procedimiento para reclamar

Los interesados deberán ingresar a acuerdosmartphones.com.ar, portal habilitado para gestionar las solicitudes. El formulario abrirá su recepción en una fecha que aún no se ha anunciado; una vez activo, los usuarios dispondrán de seis meses para presentar su caso. Se solicitarán datos personales y la información del iPhone para verificar el cumplimiento de los requisitos.

Modelos y versiones contemplados

Podrán acceder al beneficio los teléfonos iPhone 6, 6 Plus, 6s, 6s Plus, SE, 7 y 7 Plus. Los modelos 6, 6 Plus, 6s, 6s Plus y SE deben haber corrido iOS 10.2.1 o superior; los 7 y 7 Plus, iOS 11.2 o superior. Además, el usuario debe haber notado una disminución de rendimiento antes del 21 de diciembre de 2017. La normativa cubre a cualquier residente en Argentina al 4 de febrero de 2020, sin distinción de nacionalidad o condición migratoria.

Por qué se limitó el rendimiento

Apple incorporó una función de gestión de energía para evitar apagones inesperados cuando la batería estaba degradada. Esa medida reducía temporalmente la potencia del procesador y otros componentes, lo que se traducía en aperturas de apps más lentas, menor fluidez en la pantalla y reducción del brillo y volumen. Con iOS 11.3 la compañía añadió herramientas para que los usuarios pudieran consultar el estado de la batería y desactivar la limitación, aunque podía reactivarse tras otro apagón.

Exclusión del acuerdo

Quienes prefieran no participar deben notificar al juzgado dentro de los 30 días hábiles posteriores a la última publicación del aviso, conforme al artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor.

El proceso de validación determinará qué dispositivos cumplen con los criterios y, en caso de ser aprobados, los usuarios recibirán la compensación correspondiente dentro del plazo establecido.